POLÍTICA DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN SALUD

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Referente Contextual

Mediante Resolución 2063 de 2017 el Ministerio de Salud adoptó la Política de Participación Social en Salud, PPSS. Esta política aplica para todos los actores del sector salud incluyendo por supuesto a la Congregación Mariana Claver de Bucaramanga, como una entidad que presta servicios de salud. El Ministerio de Salud es el coordinador de la PPSS, las entidades territoriales acompañan y apoyan a todos los actores respetando su autonomía.

 

Para el correcto seguimiento de esta política, se hace necesario implementar un espacio dentro de la página web con la que cuenta la Congregación Mariana. Este link estará dedicado exclusivamente al componente de participación social dentro de la institución, y deberá contener los siguientes apartados:

 

 Definición de la política de participación social dentro de la Congregación Mariana

 

  • Componente derechos y deberes de los pacientes
  • Componente alianza de usuarios
  • Componente quejas, reclamos, y sugerencias
  • Satisfacción de usuarios
 

Adicional a esto se debe tener en cuenta que:

 

  • En la política se definen cinco ejes estratégicos
  • Para cada eje estratégico se definen líneas de acción
  • Para cada línea de acción se deben establecer una o varias metas
  • Para lograr la meta se deben definir una o varias actividades.
  • Esas actividades van dirigidas a una población específica. En el caso de las IPS la población objetivo es la Alianza de usuarios.

 

Política – PPSS

La Congregación Mariana Claver está comprometida con la participación de nuestros grupos de interés, y en la constitución de las organizaciones que forman parte de la Política Nacional de Participación Social en salud de nuestro país. Para esto, destina recursos para mejorar el proceso de las respuestas a las PQRS, en el marco de una atención personalizada, cálida, integral y oportuna.

 

El objetivo general de la PPSS es definir y desarrollar las directrices que le permitan a la Congregación Mariana garantizar el derecho a la participación social en salud por medio de la apropiación de nuestros usuarios de los mecanismos y condiciones para ejercerla en el marco de las normas vigentes.

Derechos y deberes de los pacientes

DERECHOS

(Adaptación Resolución 13437 de 1991)

  • Recibir trato digno, respetando sus creencias y costumbres, así como las opiniones personales que tenga sobre la enfermedad que padece.
  • Mantener la confidencialidad de la información de la historia clínica y que, sólo con su autorización, puedan ser conocida la misma.
  • Recibir la mejor asistencia médica posible
  • Recibir información clara por parte de todo el equipo de salud.
  • Conocer, revisar y recibir explicaciones acerca de los costos por los servicios obtenidos y trámites administrativos requeridos para su atención.
  • Recibir atención por personal calificado y con recursos adecuados que garanticen su seguridad.
  • Recibir o rechazar los tratamientos, una vez le sean explicados los riesgos o beneficios.
  • Respetar la voluntad de participar o no en investigaciones científicas realizadas por personal calificado.
  • Respetar la decisión de donación de órganos.

DEBERES

(Adaptación Ley 100 de 1993)

  • Cuidar integralmente su salud y seguir las indicaciones del profesional de la salud.
  • Afiliarse con su familia al Sistema General de Seguridad Social en salud
  • Informar de manera veraz, clara y completa su estado de salud al profesional de la salud tratante
  • Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones de la Institución Prestadora de Servicios de Salud y profesionales que presten atención en salud.
  • Cumplir con el horario de citas asignado.
  • Brindar trato digno y humano al personal que lo atiende, a los otros enfermos y a los acompañantes.
  • Adoptar las medidas de seguridad según directrices de la institución.
Sellos

Horario de Atención

Datos de Contacto

NIT 890200955-6

Líneas de Atención

Centro Médico:

Odontología:

Servicio Educativo:

info@congregacionmariana.org